jueves, noviembre 23, 2006

MOTOA KURI Y EL “ANIMUS INJURIANDI”

Por: Carlos Alberto Franco*
francodemalatesta@gmail.com

El hombre público es público – y hasta ciertos procederes “privados e íntimos” que coloquen en riesgo al Estado -, son igualmente “públicos”. Así por lo menos funcionan democracias como la norteamericana, inglesa y francesa, en las cuales la privacidad de un mandatario, no tiene patente de corzo. El 12 de agosto de 2005 el exparlamentario y exalcalde palmirano Miguel Motoa, instauró ante la fiscalía 144 denuncia por injuria y calumnia, contra algunos periodistas, políticos y veedores ciudadanos, “por adelantar con afiches, volantes, pancartas, pasacalles, panfletos, carteles murales etc., una malsana voluntad de dominación y feroz persecución partidista, en razón de las nuevas elecciones ya programadas y con el único objetivo de mancillar mi honor, mi honestidad y mi reputación...” ¿Quiénes fuimos demandados? Manuel Francisco Becerra, Luis Eduardo Mendoza, Martín Alonso Alvarado, Joaquín Fonseca, Radio Luna, Manuel Fernando Muñoz, Jorge Londoño, Idalia Calderón, Jorge Agudelo, Henry Caicedo y el suscrito. Doce ciudadanos entre políticos, periodistas y veedores – que según Motoa Kuri -, ni podemos informar, ni opinar, ni pertenecer a un partido opositor del uribismo, ni denunciar contrataciones torcidas, ni aspirar a que Palmira cambie. Quince meses después, la Fiscalía 141 de Palmira (radicación 770572-141 y Resolución Inhibitoria No. 39 de noviembre 04 de 2006), se abstiene de iniciar la acción o instrucción, al tenor del articulo 327 del Código de Procedimiento Penal. El fiscal 141 en la parte motiva de su providencia y con base en fundamentos legales – especialmente el artículo 322 del C.P.P. y la sentencia de la sala de casación penal de la Corte Suprema de Justicia de agosto 17/1987 – establece como el ANIMUS INJURIANDI no se dio en nuestro caso. La pretendida injuria que se nos quiso endilgar y la gravedad de la misma, “no depende por tanto de la susceptibilidad del ofenfendido, ni de la interpretación que este haga de la supuesta imputación deshonrosa, sino de su verdadero contenido y alcance, en forma tal que se traduzca en expresiones, términos o frases que constituyan o puedan constituir una afrenta al patrimonio moral de la victima: “ (...) Más adelante, el fiscal define el animus corrigendi, el jocandi, el consulendi y el narrandi.

Como columnista y veedor ciudadano prefiero que me ubiquen en este último, o sea “el ánimo de narrar, que normalmente caracteriza a los periodistas, escritores, biógrafos etc, y que no da lugar a la comisión de la injuria”.

Antecedentes del año 2004, cuando Motoa Kury pierde tutela en segunda instancia ante el Tribunal Superior de Buga, por similar delito que hoy también le hemos ganado en la fiscalía 141, solo deja un sabor amargo al exalcalde: no gana ni una. Y los tribunales de justicia y la fiscalía amparan los derechos que todos los ciudadanos tenemos, de opinar e informar libre y verazmente; emitir juicios de valor sobre procederes inadecuados, sesgados y contrarios a la ley y la ética, de parte de nuestros gobernantes. Nuestro estado social de derecho se afianza y consolida con estas actuaciones judiciales, pues convierte al periodismo en un elemento vital para la democracia.

Ricardo Trotti, director de la sociedad interamericana de prensa – SIP. (Diario El País – Julio 19/2004), expresa: “La información pertenece al pueblo y los periodistas somos herramientas e instrumentos del derecho del público a la información (...).” Es cierto que los periodistas ejercen un contrapoder...” porque su obligación es ser contrapeso a los poderes públicos. Es como un fiscalizador vigilante: les da voz a quienes no la tienen y no pueden acudir al Estado para reclamar, por ejemplo por los casos de corrupción al Estado, que es de todos”. A menos de un año de las elecciones para alcalde y concejales, pregunto: ¿Resistirá Motoa padre e hijo (el congresista Motoa Solarte), que varios exalcaldes opositores a Cambio Radical y el uribismo, enjuicien la desastrosa gestión pública entre 2000-2007, y la corruptela generalizada, que colocan a Palmira como una ciudad sin futuro? ¿Tendremos que “escondernos” Kiko Becerra y Martín Alonso Alvarado, Carlos Alberto Franco y Luis Eduardo Mendoza, para evitar la santa ira del gamonalato kurista, respaldado por los caicedistas? ¿Cuántas tutelas y temerarias demandas enfrentaremos, por reclamar para 300.000 palmiranos, el derecho a gobernarnos sin corruptos y politiqueros? Recomendaría a Motoa someterse a una cura de su paranoia, ese estado de delirio marcado por ideas de persecución y falsedades de juicio. Podría estar incurso en sus 4 rasgos característicos: desconfianza; inflación del ego (orgullo y vanidad); error de juicio y agresividad con respecto a los otros. De no mejorar su desempeño, ni tiene “chico” para aspirar a la gobernación y el premio de consolación para una nueva alcaldía, está en riesgo. ¡De lo que nos salvaríamos todos!

Notas
*Carlos Alberto Franco es Arquitecto de profesión y actualmente hace parte de la veeduria ciudadana "Despierta Palmira". Durante algún tiempo colaboró para el semanario "Palmira Hoy", publicación de la cual salío por presiones políticas (censura); también ha publicado en el medio independiente de Humor-Político y crítico del municipio de Palmira "El Aguijon" , dirigido por la Doctora Deisy Idalia Calderón.
**Ilustraciones del pintor colombiano Fernando Botero.